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Planeamiento urbanístico - Dima

  • Planeamiento general vigente y datos generales. La información recogida tiene carácter orientativo, ya que los únicos documentos normativos o vinculantes son los que realmente se aprueban, que están elaborados en soporte papel y obran en los archivos de planeamiento de los Ayuntamientos, Diputación Foral y Gobierno Vasco. Dichos documentos se redactan sin guardar homogeneidad entre ellos, por lo que no se obtiene de la simple adición de los planeamientos municipales una información urbanística continua y coherente del territorio de Bizkaia, siendo necesario para ello interpretar los diferentes planeamientos con el fin de darles un tratamiento similar.

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Datos y recursos

Inventario de núcleos rurales – Dima

El Inventario de Núcleos Rurales de Bizkaia se aprueba definitivamente mediante Acuerdo Foral con fecha 9 de febrero de 2016 y obedece al mandato legal establecido por el Art. 29.7 de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo, que dice que las diputaciones forales elaborarán los inventarios de núcleos rurales existentes en sus respectivos territorios históricos. El inventario recoge los asentamientos que cumplen las condiciones legales establecidas por la legislación vigente para tener la consideración de núcleo rural, que son las siguientes: Articulo 29.1 de la Ley 2/2006, que dice que "se entiende por núcleo rural, a los efectos de esta ley, la agrupación de entre seis y veinticinco caseríos en torno un espacio público que los aglutina y confiere su carácter", y por otro lado, el Art. 9.1 del Decreto 105/2008, que establece la definición de caserío.

Explorador de datos

_id KODEA/CODIGO UDALERRIA/MUNICIPIO LANDA-GUNEAREN IZENA/NOMBRE NUCLEO RURAL longitude latitude latitude GEO longitude GEO BASERRI KOPURUA/NUMERO CASERIOS EKIPAMENDU ERAIKIN KOPURUA/NUMERO EDIFICIO EQUIPAMENTAL
1 ="026" DIMA AMANTEGI 521415,6094 4777053,699 43,1451514 -2,7366501 6 0
2 ="026" DIMA AROZTEGIETA 520252,9655 4775412,02 43,1304009 -2,7510071 6 0
3 ="026" DIMA ARTABE 520958,9141 4776918,146 43,1439436 -2,7422712 6 0
4 ="026" DIMA BARGONDIA 521525,1072 4775673,8 43,132723 -2,7353572 15 0
5 ="026" DIMA BIKARREGI 521267,9458 4777569,857 43,1498033 -2,7384461 6 0
6 ="026" DIMA BITERIÑO 520469,7923 4778060,244 43,154241 -2,7482436 9 1
7 ="026" DIMA OBA BEKOA 522639,1565 4776306,818 43,1383905 -2,7216347 16 0
8 ="026" DIMA OBA GOIKOA 522902,1906 4776644,096 43,1414196 -2,7183866 10 2
9 ="026" DIMA OLAZABAL 519657,7953 4776276,221 43,1381983 -2,7582935 13 1
10 ="026" DIMA ZIARRUSTA 518638,9705 4777740,856 43,1514124 -2,7707713 6 0

Se muestran 10 resultados de un total de 10 elementos.


Información adicional

Título
Inventario de núcleos rurales – Dima
Descripción
El Inventario de Núcleos Rurales de Bizkaia se aprueba definitivamente mediante Acuerdo Foral con fecha 9 de febrero de 2016 y obedece al mandato legal establecido por el Art. 29.7 de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo, que dice que las diputaciones forales elaborarán los inventarios de núcleos rurales existentes en sus respectivos territorios históricos. El inventario recoge los asentamientos que cumplen las condiciones legales establecidas por la legislación vigente para tener la consideración de núcleo rural, que son las siguientes: Articulo 29.1 de la Ley 2/2006, que dice que "se entiende por núcleo rural, a los efectos de esta ley, la agrupación de entre seis y veinticinco caseríos en torno un espacio público que los aglutina y confiere su carácter", y por otro lado, el Art. 9.1 del Decreto 105/2008, que establece la definición de caserío.
Formato
CSV XML JSON TSV XLSX
Licencia
CC-By 4.0
Idiomas
  • Euskera
  • Castellano
Fecha de puesta a disposición
13-01-2023
Estado
Completo
Fecha de modificación del recurso
13-01-2023